Si una persona con prohibición de acercamiento o intimidaciones a una víctima incumple por vía Facebook o Twitter, le agravarán las medidas
Cuando una persona acusada de un delito queda en libertad, ya sea mientras se investiga la denuncia o ya con una pena de libertad condicional, la Justicia le impone una serie de restricciones que principalmente tienen que ver con evitar tomar contacto con las víctimas o testigos del hecho. Es decir, no acercarse a la persona, ni a su domicilio ni a su trabajo, así como tampoco intimidarla por teléfono. Las redes sociales son un espacio virtual de contacto inmediato, que ahora también quedan incluidas como un ámbito en el cual se impide el contacto y las amenazas.
El juez de familia de la ciudad de Concordia Rodolfo Jáuregui en diálogo con LT 15 sobre las denuncias de violencia familiar y de género y las respectivas medidas cautelares, informó: “Hay leyes de protección hacia las mujeres e integrantes de la familia donde ante una situación de riesgo, cautelarmente, o sea en forma provisoria como una medida urgente, se implementa una prohibición de acercamiento a una determinada persona, a los lugares de trabajo o a donde reside. Se dicta una medida de no acercamiento, también de no realizar actos molestos, ni en forma telefónica, vía mail y no publicar en redes sociales”.
Por su parte, el agente fiscal de Paraná Juan Malvasio, consultado por UNO al respecto, dijo: “Se piden prohibiciones de acercamiento por cualquier medio y quedan incluidas las redes sociales. Pero se debe acreditar que el Facebook es de quien tiene la restricción. La prohibición está de todo modos, y si la víctima adjunta una copia (de la publicación)ameritaría una agravamiento de las medidas. Después la defensa deberá negarlo o no, pero en principio da lugar”.
En caso de una denuncia por amenazas mediante Facebook por parte de una persona que debe cumplir una medida cautelar, se investiga la cuenta desde la cual se efectuaron tales intimidaciones: por ejemplo, que coincida no solo el nombre (que podría ser un apodo), sino también las fotos, los contactos respecto de su entorno y el de la víctima si es que ambos tuvieron una relación anteriormente, y otros datos que conforman los indicios para determinar que se trató de esa persona. En tal caso, se procedería a llamar la atención o sancionar con la medida que corresponda al acusado.
Por eso, la restricción, explicó Jáuregui, “es una orden judicial que se da a un sujeto plenamente capaz de poder cumplirla y que se tendrá que hacer responsable en caso de vulnerar esa medida”.
Pulseras y botón antipánico
El juez de familia de Concordia se expidió también acerca de la implementación de sistemas electrónicos para las restricciones a personas o de alarma ante una situación de riesgo, que desde hace un tiempo son evaluados en el ámbito judicial, pero aún no fueron implementados: las pulseras electrónicas. “Es una cuestión que está en debate no solamente en el ámbito del Poder Judicial sino que están involucrados también otros actores, como las ONG, los estamentos policiales. En lo que respecta al botón antipánico o la pulsera electrónica, en distintos lugares se está trabajando y creo que con un accionar coordinado entre los diferentes actores del sistema se pueden lograr avances siempre que se cuente también con el compromiso de la sociedad de colaborar con las víctimas”, afirmó Jáuregui.
Por ello, el magistrado expresó que “no depende solamente la Justicia sino también los familiares, los vecinos, los conocidos, etcétera, que pueden formar una red de contención para que la víctima se sienta apoyada, custodiada y protegida contra el accionar de personas que si no cumplen la órdenes obviamente deben estar detenidas”. Pero el juez no dejó de remarcar que “el estado garantiza por tratados internacionales que la mujer viva libre de violencia, el estado es el mayor comprometido en todo esto”.
Concordia: 200 denuncias mensuales
En la ciudad de Concordia se ha notado un incremento alarmante de las denuncias por violencia familiar y de género, tal como lo informó el juez de familia Rodolfo Jáuregui a LT 15: “Yo estoy al frente del Juzgado desde el año 2000 y cuando asumí había una denuncia por semana, ahora estamos rondando las 200 denuncia mensuales. Le doy la pauta que la curva fue siempre en ascenso, y por temporada. Estadísticamente en épocas de mayores temperaturas, generalmente las denuncias son más que en otras. Pero siempre la curva es ascendente y hay que atribuir a la mayor visibilización del flagelo, a la consagración de diferentes instrumentos donde se insta a las personas a realizar la denuncia, y todo esto contribuye a que el número sea mayor que en otras épocas”.
Consultado el magistrado acerca de los mecanismos de denuncias e implementación medidas restrictivas, explicó: “Hay un proceso que es muy rápido, donde se toma la denuncia en cualquier comisaría, en la Fiscalía, en los Juzgados de Familia , se da intervención a un equipo interdisciplinario con un psicólogo, un psiquiatra y una asistente social y ellos luego de evaluar a las personas involucradas en la cuestión dictaminan, dan un consejo al juez sobre determinada medida y en caso que se detecten indicadores de riesgo se dicta una medida que es cautelar o urgente. Se evalúa el riesgo potencial que puede sufrir la víctima”.
En este sentido, Jáuregui agregó: “Lo que es muy importante remarcar es que la sola denuncia no tiene por acreditado el hecho, sino que lo indica como probable, no es que una persona denunciada ya es la autora, sino que ante el riesgo de que ese hecho sea cierto en este ámbito de la justicia de familia se toma una medida, independientemente de las acciones penales que a ese sujeto se le pueden endilgar por haber distintos hechos como delitos, llámense lesiones, amenazas, daños, etcétera”.