El diputado provincial peronista y abogado Diego Lara cuestionó la anulación por decreto de los fondos coparticipables de la soja dispuesta por Macri y advirtió que debe pasar por el Congreso, ya que su concepto fue validado por ley.

El diputado provincial Diego Lara, mediante un comunicado de prensa enviado a PORTAL SAUCE DE LUNA, fue portavoz de la posición del Partido Justicialista en el gobierno provincial sobre la constitucionalidad del decreto de Necesidad y Urgencia de Mauricio Macri que suprimió el Fondo Federal Solidario (conocido como «de la soja»).

El legislador sostuvo que se observa “una brutal regresión en materia de distribución de los recursos federales, ya que el gobierno de Mauricio Macri utiliza argumentos falaces para destrozar las economías de provincias y municipios con la confiscación lisa y llana de recursos que no le pertenecen, ya que fueron incluidos en los presupuestos respectivos de cada jurisdicción”.

 

“Este atropello está viciado de nulidad por contrariar los preceptos constitucionales derivados de la reforma de 1994, donde se consagra el federalismo como mecanismo de distribución del poder territorial pero sostenido por la distribución real de los recursos fiscales, lo cual debería establecerse en una ley de coparticipación federal que aún está pendiente en el Congreso Nacional”, indicó el ex intendente de María Grande.

«(El Fondo Solidario) fue refrendado por ambas cámaras legislativas, obteniendo rango de ley. Habría que ver entonces si el Congreso vota la eliminación de esa ley”, advirtió Lara.

A través del Decreto Nº 756/2018, el presidente Mauricio Macri dispuso la derogación del Fondo Federal Solidario, creado en el año 2009 con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial; tanto en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de su utilización para el financiamiento de gastos corrientes.

El abogado Lara recordó que entre los fundamentos para la eliminación del Fondo Solidario el presidente Macri manifestó la existencia de «las nuevas circunstancias que presenta el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y las medidas adoptadas para enfrentarlas hacen necesario eliminar el Fondo Federal Solidario en miras a brindar respuestas eficientes con la asignación de los recursos disponibles».

«Es una confiscación lisa y llana de recursos que no le pertenecen, ya que fueron incluidos en los presupuestos respectivos de cada jurisdicción”, castigó el diputado.

“Todas las falsedades, falacias y lugares comunes que utiliza Macri para intentar fundamentar este nuevo recorte no son más que un intento por esconder la verdadera razón del mismo: se trata de una exigencia del Fondo Monetario Internacional, que es quien verdaderamente está gobernando en la Argentina, por medio de Cambiemos”, apuntó luego el legislador.

 

Lara sostuvo que la eliminación del Fondo Solidario Federal «es inconstitucional, porque, si bien el mismo fue establecido por Decreto de Necesidad y Urgencia por la entonces presidenta Cristina Fernández, fue refrendado por ambas cámaras legislativas, obteniendo rango de ley». Por lo tanto, sólo una ley del Congreso podría eliminarlo. “Habría que ver entonces si el Congreso vota la eliminación de esa ley”, señaló.

“Si es necesario puede opinarse; pero no hay nada que amerite tal urgencia que no sea posible recurrir al trámite legislativo”, observó el legislador peronista.

Igualmente, Lara consideró que la herramienta utilizada por Macri -el DNU- resulta atacable porque no cumple con los requisitos de su utilización. “Sobre si es necesario, puede opinarse que la reducción presupuestaria lo es o no; pero no hay nada que amerite tal urgencia que no sea posible  recurrir al trámite legislativo”, opinó.

Lara dijo que también el decreto de Macri es violatorio del principio de progresividad “que se encuentra inserto en nuestra Constitución Nacional, tanto a través del complejo de derecho internacional de derechos humanos que forman parte de ella, como de lo establecido a texto expreso en el artículo 75 inciso 19, en tanto ordena al Congreso Nacional proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social”.

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