Este miércoles al mediodía en la sala de reuniones de la Cámara Alta, se llevó adelante un encuentro de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside el senador por Paraná, Raymundo Kisser. Participaron además los senadores por Feliciano, Miriam Espinoza; Gualeguaychú, Nicolás Mattiauda; Gualeguay, Francisco Morchio; Islas, Daniel Olano; Villaguay, Mario Torres; Tala, Héctor Blanco; La Paz, Aldo Ballestena; y Victoria, Roque Ferrari.

Capital emprendedor

Los senadores miembros de la Comisión consensuaron emitir dictamen para un proyecto de ley que tiene media sanción de la Cámara de Diputados. El texto de seis artículos, establece la adhesión de la Provincia de Entre Ríos a lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nacional Nro. 27.349, de apoyo al capital emprendedor en el país y su expansión internacional, así como la generación de capital emprendedor en la República Argentina.

Asimismo se declararían exentos del pago de todo impuesto, tasa y/o contribuciones provinciales, existentes y a crearse en el futuro, a las operaciones directamente relacionadas al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), creado por el artículo 14º de la Ley Nacional 27.349, conforme los alcances del artículo 21º de la Ley Nacional.

Juntas de Gobierno

Ante la ausencia del titular de la Administradora Tributaria de la provincia (ATER), Sergio Granetto, convocado nuevamente para dar su opinión sobre proyectos tratados en el marco de la Comisión, los senadores dialogaron sobre el proyecto de ley que aborda la temática de coparticipación para Juntas de Gobierno.

Los legisladores abordaron el texto de cuatro artículos que establece “coparticipar a las Juntas de Gobierno en el 50% de lo que ATER perciba en concepto de Impuesto Inmobiliario correspondiente a Planta Urbana de cada Junta de Gobierno, y en la medida que la misma tenga determinada esa Planta Urbana”.

En los fundamentos del proyecto cuyo autor es el senador Kisser, se lee que “las Juntas de Gobierno en la Provincia de Entre Ríos constituyen órganos que no tienen autarquía ni autonomía; sino que son meras delegaciones del Poder Ejecutivo Provincial. Sin embargo, el desarrollo y crecimiento de las mismas las ha llevado a prestar una serie de servicios que son propios de los municipios, como son la recolección de residuos, mantenimiento del alumbrado público, mantenimiento de las calles correspondientes a las plantas urbanas, entre otros. Por estos servicios que prestan las Juntas de Gobierno, no reciben otra contribución del Estado, que no sean las partidas presupuestariamente asignadas. Se advierte que prestar los servicios señalados precedentemente, implica utilizar gran parte de estos recursos, resintiéndose otros, como es atender salud, desarrollo social, etc.”.

Los senadores Espinoza y Ballestena, plantearon al presidente de la Comisión la posibilidad de aguardar la sanción de la ley de Comunas, para luego analizar detalladamente el proyecto de ley que tiene como centro la realidad económica de las Juntas de Gobierno, tras lo cual se consensuó esta idea. Asimismo el senador Kisser trajo a colación que existe la posibilidad de conformar una comisión de legisladores para tratar cuestiones tributarias en la provincia, y que no se ha avanzado al respecto.

Pensión al Mérito Artístico

Se trató además un proyecto del senador Mattiauda, por el cual se modificaría el artículo 5º de la Ley Nº 7849, y establecería que “el Poder Ejecutivo fijará el monto de la Pensión, que será idéntica para todos los beneficiarios, no pudiendo la misma ser reducida, quedando autorizado para efectuar los gastos resultantes. En caso de que el premio sea otorgado a grupo artístico cada miembro del grupo recibirá el monto íntegro establecido por el Poder Ejecutivo para los artistas acreedores de premios individuales”.

En los fundamentos del proyecto, se lee que en la actualidad “la legislación no deja en clara cómo debe procederse en los casos que el premio haya sido entregado a un artista entrerriano de manera individual o haya sido entregados a grupos de artistas, por lo queda a total discreción del Poder Ejecutivo, a través de la Caja de Jubilaciones de la Provincia, el definir cómo se deberán otorgar las pensiones”. Asimismo sostiene que “viendo necesario llenar ese vacío normativo, que ha ocasionado que algunos beneficiarios de esta pensión deban recurrir a la justicia para poder dilucidar cómo proceder, viendo afectado el ingreso de esos artistas y las arcas del Estado provincial, por las erogaciones que conlleva un juicio, es que se presenta esta modificación al artículo 5º de la Ley Nº 7.849, por lo que se espera poder resolver la problemática actual”.

En este sentido, los senadores acordaron invitar para la próxima reunión de Comisión, que se desarrollará el martes 30 de octubre, a un grupo de artistas que desean expresarse sobre el asunto.

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