El CGE reglamentó el funcionamiento de las cooperadoras escolares e introdujo la obligación de inscribirse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Además, la apertura de una cuenta bancaria para el manejo de los recursos.

El Consejo General de Educación (CGE) reglamentó el funcionamiento de las cooperadoras escolares e introdujo un requisito clave. Mediante la resolución N° 3.850, del 24 de septiembre último, el CGE estableció que las asociaciones cooperadoras que se constituyan en lo sucesivo «deberán tramitar la obtención de su Clave Única de identificación Tributaria (CUIT) ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)». Y que aquellas cooperadoras que ya estén funcionando «deberán tramitar también» su CUIT.

Requisito del CGE

El artículo 5° de la norma fija: «Disponer que a los fines de tramitar la apertura de cuentas corrientes o de ahorro en instituciones bancarias, las asociaciones cooperadoras deberán presentar la documentación acreditativa de su autorización para funcionar» y la CUIT.
Hasta ahora, las cooperadoras escolares se regían por la resolución N° 3.442 que Educación dictó el 27 de agosto de 2008, más de una década atrás.

Establecido en la norma

Entonces, se definió que las cooperadoras son instituciones que funcionan en los establecimientos educativos, «cuyo propósito será con fines de ayuda social y de colaboración con la labor que desarrollan los establecimientos educativos».
«Las asociaciones cooperadoras escolares se constituirán bajo la forma de simples asociaciones civiles», estableció esa normativa. Entonces nada se dijo de la inscripción en la AFIP o de la apertura de una cuenta bancaria para funcionar.

El reglamento

Sólo se fijó que cada cooperadora escolar «deberá solicitar su reconocimiento ante el Consejo General de Educación, acompañando dos ejemplares de los estatutos si estos no obran en el legajo de dicha asociación en el Consejo General de Educación, acta de constitución y reglamento y nómina de los miembros».

Pero ahora el CGE entiende que hay un nuevo escenario, en el que surgen «nuevas exigencias de los organismos impositivos del Estado Nacional y Provincial» que «aconsejan que este Consejo General de Educación, prevea normas que aseguren con precisión la adopción de requisitos que actualmente son exigidos a todas las entidades de bien público«.

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