Otra causa más se cayó en Comodoro Py. Tiene que ver con el trámite que hizo Cristina Fernández de Kirchner para cobrar su asignación vitalicia como ex presidenta, además de la que ya percibía después de la muerte de Néstor Kirchner. Esta vez, un fallo de la Sala I de la Cámara Federal sobreseyó a las dos funcionarias del Ministerio de Desarrollo Social que habían dado el visto bueno para habilitarle a la ex presidenta el cobro de ambos beneficios. María Cecilia Insaurralde Amaya y Guadalupe Noemí Niño habían sido procesadas por defraudación en perjuicio de la administración pública por el juez Luis Rodríguez que las acusó de hacer un “uso indebido del patrimonio estatal” al respaldar el cobro de las dos asignaciones, que consideró incompatibles. Sin embargo, los camaristas Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia evaluaron que sus intervenciones consistieron simplemente en emitir una opinión no vinculante, que era una interpretación de las normas, y no puede inferirse ninguna intencionalidad ni delito. La Cámara no opinó sobre la legalidad del cobro de las dos asignaciones. Eso lo deberá determinar la jueza del fuero de la seguridad social Viviana Piñeiro, que en una resolución reciente dijo que debía terminar primero el trámite de la causa penal. Ahora tiene el camino despejado.

Entre las decenas de causas de Comodoro Py que el año pasado alimentaron páginas de diarios y horas de televisión, figura la que se abrió contra Insaurralde, abogada de la asesoría legal de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales del Ministerio de Desarrollo Social, y Niño, Directora General de la Dirección de Asuntos Jurídicos de esa cartera. Amabas firmaron dictámenes donde evaluaban que no había incompatibilidad entre la asignación que ya cobraba CFK y la que tramitaba con ex mandataria. El juez de primera instancia, Luis Rodríguez, las acusó de haber “violado los deberes a su cargo excediéndose en forma arbitraria y abusiva de sus facultades” y de haber hecho “uso indebido del patrimonio estatal” habilitando a la ex presidenta a obtener un “lucro indebido”. Rodríguez se metió a analizar si el doble pago le correspondía a la ex presidenta y llegó a la conclusión de que no. Está claro que las funcionarias y el juez hicieron un análisis distinto de la misma ley, la 24.018 sobre jubilaciones y pensiones para el Poder Ejecutivo, el Judicial  y los legisladores. Las mujeres veían una circunstancia novedosa en el cobro de dos asignaciones vitalicias de presidente/a, que no está señalada o prevista entre las incompatibilidades previstas por la ley. Lo que la norma impide es combinar una asignación con “jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”.

El puntapié que armó el revuelo fue una denuncia de Margarita Stolbizer y del abogado Ricardo Monner Sans, que inicialmente se presentaron en el Ministerio de Desarrollo y terminaron en el fuero de la seguridad social. Primero consiguieron evitar que se le pague a la a ex presidenta su asignación como tal. Hoy una asignación de ex presidente ronda los 170 mil pesos. La decisión final la debe tomar la jueza Piñeiro. En su última resolución sostuvo que debía terminar primero la causa penal y luego avanzaría. El fallo de la Cámara Federal, de dos semanas atrás, fue contundente y despeja el escenario para una sentencia, previo dictamen del fiscal del fuero, que en este caso es Gabriel de Vedia. Luego la jueza podrá proponer que se produzcan pruebas, o resolver directamente.

Cristina Fernández de Kirchner tramitó la asignación no contributiva del presidente de Néstor Kirchner poco después de su muerte en octubre de 2010, y comenzó a percibirla fines de ese año. Luego quiso sumar la suya, cuando dejó la presidencia. Ella misma aludió a esos dos ingresos el día que fue a declarar en indagatoria en la causa de dólar futuro, en el juzgado de Claudio Bonadío en abril de 2015, cuando la esperaba una multitud afuera de los tribunales. Fue una especie de boomerang inesperado. En Comodoro Py la denuncia dirigida a las funcionarias que analizaron si había incompatibilidad, la hizo el abogado Orlando Gauna y el fiscal Carlos Stornelli decidió impulsarla y acusar.

En el fallo de la Cámara que cuestiona los procesamientos y decide sobreseer, el juez Ballestero recordó que Insaurralde y Niño tuvieron que analizar una situación inédita, de la que no había antecedentes y que, en ese escenario, se limitaron a analizar las normas vigentes. “No puede establecerse que las intervenciones en el expediente administrativo tanto de Niño como de Insaurralde hayan sido en contra de lo que creían correcto, sino que estimaron que la solución dada era la adecuada”. Tampoco se encontró alguna “irregularidad manifiesta del expediente administrativo”, “el trámite se efectuó de manera adecuada”, dice el fallo. “Tampoco se puede establecer que hayan actuado motivadas por un interés espurio ni distinto al de sus funciones ni se advierte de las actuaciones que la opinión emanada fuera manifiestamente irracional como para configurar un delito”. Además, el voto de Ballestero, dijo que la justicia penal no se debe usar para obstaculizar o modificar procedimientos administrativos. Más escueto, el voto de Bruglia apunta a la misma conclusión y dice que no hay “pruebas” de ninguna violación a la ley.

Ballestero es uno de los jueces atacados por el Gobierno y denunciado por Elisa Carrió, con especial fuerza después que firmó la libertad de Cristóbal López y el cambio de carátula de la causa por las deudas millonarias de Oil Combustible. Bruglia tiene respaldo oficialista, a punto tal que fue nombrado en la Cámara Federal con un traslado definitivo (venía de un tribunal oral) con los votos de una mayoría afín a Cambiemos en el Consejo. En el caso de López, Bruglia votó en disidencia. También lo hizo en otra causa que se desmoronó hace poco con una fallo firmado por Ballestero y Martín Irurzun: la causa por supuestos sobreprecios millonarios en la compra de gas licuado, en la que ordenaron excarcelar y desprocesar a Roberto Baratta y a Julio De Vido, aunque éste último sigue preso en otro expediente. Por la causa del gas licuado fue indagado como sospechoso de haber inventado toda una pericia, el ingeniero David Cohen, en cuyos resultados se había basado Claudio Bonadío.

En cuanto a la asignación vitalicia de CFK, será el turno de la jueza Piñeiro, que había dicho por escrito que para resolver necesitaba “establecer la existencia y autoría del hecho delictivo (…) en tanto que la validez o invalidez del acto administrativo otorgante de la pensión no contributiva que constituye el objeto de la demanda, se encuentra estrechamente vinculada con la existencia o inexistencia del fraude que se le endilga a las funcionarias administrativas”. Lo concreto es que la Cámara dijo que no hubo delito.

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