Ante la filtración de las conversaciones telefónicas entre la expresidenta y Oscar Parrilli, el máximo tribunal intimó a la agencia de inteligencia.

La Corte Suprema les exigió explicaciones a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y al resto de los organismos involucrados con las escuchas de Cristina Kirchner y Oscar Parrilli, que fueron filtradas por la prensa. Los CDs con los audios estaban en poder del ente que dirige Gustavo Arribas.

En la nota 11/2017 de hoy, los cinco máximos magistrados intimaron a la ex SIDE a que detalle los pasos que tomó para descubrir si la filtración de las conversaciones surgió de su dependencia.

“En atención al deber de confidencialidad que recae sobre el personal de la AFI (…), solicítese de su director general, escribano Gustavo Héctor Arribas, que ponga en conocimiento del tribunal, las actuaciones que hubiera iniciado en razón de las filtraciones referidas, como asimismo cualquier circunstancia que considere pertinente orientada dilucidar la responsabilidad administrativa que pudiere corresponder los agentes de la agencia su cargo en la captación, transmisión, entrega resguardo de la cadena de custodia de los datos obtenidos mediante las interceptaciones telefónicas ordenadas en la causa señalada”, redactó la Corte.

En el mismo documento, el tribunal recordó que dispuso diversas medidas fin de que se investigue “toda responsabilidad administrativa que le pudiera corresponder los agentes intervinientes en los procesos de interceptaciones telefónicas efectuadas en el marco de la causa CFP 481/16”, que tramita ante el Juzgado Penal Federal de Ariel Lijo.

Mediante el oficio de Lijo del 24 de junio de 2016, se requirió la captación de parte de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial (DAJUDeCCO). Si bien en un principio el pedido fue por 30 días, el plazo fue ampliado en dos oportunidades por orden del magistrado. Las escuchas directas fueron delegadas al personal de la AFI, al igual que el retiro de los CDs con las grabaciones de Parrilli y Cristina.

La Corte también le requirió a la oficina de captación de comunicaciones, que de ella depende, que le informe “toda circunstancia que se vincule con la actividad desarrollada por esa repartición en el marco de la causa CFP 481/16”. Misma petición le realizó a Lijo para poder “dilucidar la responsabilidad administrativa que pudiere corresponder los agentes judiciales intervinientes en la captación, transmisión, entrega y resguardo de la cadena de custodia de los datos obtenidos mediante las interceptaciones telefónicas ordenadas en la causa”.

Asimismo, le preguntó al magistrado Rodolfo Canicoba Corral, a cargo de la causa penal por la filtración de las escuchas, si detectó «circunstancias que permitan atribuir algún tipo de responsabilidad de los agentes de la DAJUDeCCO, si existe alguna observación respecto la forma en que se desarrollan sus tareas que sea susceptible de afectar los principios de transparencia, confidencialidad custodia”.

 

 

 

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